Mediación
¿Qué es la mediación y los MASC?
La ley introduce el concepto de “Medios Adecuados de Solución de Controversias” (MASC) como vías extrajudiciales para resolver conflictos, incluyendo la mediación, la conciliación, la negociación, el derecho colaborativo, etc. La mediación es un proceso en el que las partes, con el auxilio de un tercero neutral (mediador), buscan un acuerdo sin necesidad de acudir directamente al litigio judicial. La ley establece que estos mecanismos tienen una finalidad clara: «potenciar la negociación entre las partes, directamente o ante un tercero neutral…, partiendo de la base de que estos medios reducen el conflicto social, evitan la sobrecarga de los tribunales…».
¿Qué cambios introduce la Ley Orgánica 1/2025 en materia de mediación?
Algunos de los puntos más relevantes:
- Obligatoriedad previa en determinados casos
Con efecto desde el 3 de abril de 2025 (tres meses después de su publicación) se exige, con carácter general, en el ámbito civil y mercantil, que las partes acudan previamente a un MASC antes de interponer demanda. Esto significa que para que la demanda resulte admisible, deberá acreditarse que se ha intentado la mediación u otro medio adecuado. - Extensión del ámbito de aplicación
El requisito abarca, principalmente, los asuntos civiles y mercantiles. Quedan excluidos algunos ámbitos: por ejemplo, los penales, laborales (en su mayoría), concursales, y aquellos en los que una parte sea entidad del sector público. - Excepciones importantes
La ley contempla supuestos en los cuales no se exige acudir a mediación como paso previo. Por ejemplo:- Tutela de derechos fundamentales.
- Asuntos que afecten a menores, filiación, paternidad/maternidad.
- Procedimientos ejecutivos, medidas cautelares, diligencias preliminares.
- Efectos de no cumplir el requisito previo
Si no se acredita que se ha intentado el MASC, la demanda podría ser declarada inadmisible. Además, la parte que se niegue injustificadamente a participar podría quedarse con la carga de las costas procesales completas si luego pierde el litigio. - Interrupción de plazos
La solicitud de mediación o de otro medio adecuado interrumpe la prescripción o suspende la caducidad de la acción desde que la otra parte es comunicada. - Otras medidas de apoyo
La ley impulsa la digitalización y nuevas estructuras para facilitar estos procesos. Por ejemplo, menciona que la mediación puede desarrollarse de forma electrónica, y refuerza la integración de abogados, procuradores y mediadores como profesionales en este campo.
¿Qué debe saber alguien que quiera usar la mediación bajo esta ley?
- Si vas a demandar en materia civil o mercantil, revisa si tu caso exige primero acudir a mediación o MASC. Si sí, asegúrate de realizarlo y obtener el certificado/justificante que lo acredite para poder presentar la demanda.
- Ten presente que ciertos conflictos están excluidos del requisito de mediación (menores, urgencias, etc.).
- Si optas por la mediación, conviene que esté bien documentada: fecha de inicio, objeto del conflicto, partes implicadas, intervención del mediador o tercero neutro. Esto es clave para que la acreditación sea válida.
- Considera que, aunque la mediación pueda parecer un trámite más, su incumplimiento podría impedir que la demanda avance.
- Aprovecha que la mediación puede ser más rápida, menos costosa, más confidencial que el proceso judicial.
Mediación escolar.
La mediación escolar es una herramienta cada vez más utilizada en los centros educativos para prevenir y resolver conflictos entre estudiantes, profesores y familias, promoviendo un clima de respeto, empatía y colaboración. Más allá de resolver disputas concretas, la mediación escolar fomenta una cultura de convivencia positiva, basada en el diálogo y la gestión pacífica de las diferencias. Contribuye, además, al desarrollo de habilidades sociales y emocionales esenciales para la vida en comunidad.
Situaciones en las que se aplica la mediación escolar:
- Incumplimiento de normas de convivencia.
- Conflictos entre compañeros o deterioro de relaciones de amistad.
- Situaciones percibidas como injustas o discriminatorias.
- Casos de acoso escolar o maltrato entre miembros de la comunidad educativa (alumnos, docentes o familias).
El proceso se realiza en un entorno seguro y guiado por mediadores formados, garantizando la escucha activa, el respeto mutuo y la búsqueda conjunta de soluciones.
Mediación familiar.
La mediación familiar es un proceso de diálogo asistido que ayuda a las personas a resolver conflictos en el ámbito personal, afectivo o doméstico, favoreciendo acuerdos estables, realistas y beneficiosos para todos los miembros de la familia. Se aplica especialmente en situaciones de ruptura o crisis familiar, donde la comunicación puede estar deteriorada y resulta necesario encontrar soluciones que protejan los vínculos y el bienestar emocional, especialmente de los hijos menores.
Casos habituales de mediación familiar:
- Reorganización familiar: nuevas parejas, convivencia o reparto de responsabilidades parentales.
- Separación o divorcio: acuerdos sobre custodia, visitas, pensión alimenticia y uso de la vivienda familiar.
- Relaciones entre generaciones: conflictos entre padres e hijos, hermanos o familiares mayores.
- Empresas familiares: discrepancias sobre la gestión del negocio o la sucesión, donde se mezclan lazos afectivos y responsabilidades laborales.
En Érika González ABOGADOS
Es un placer presentar a Érika C. González Rodríguez, profesional independiente con amplia experiencia en resolución de conflictos, especializada en mediación por la Universidad de Salamanca desde el año 2014. Su trayectoria se centra en ofrecer soluciones eficaces y equitativas a disputas complejas, combinando un profundo conocimiento de la abogacía con técnicas avanzadas de negociación y conciliación. A parte de realizar el MASC de persona experta independiente, también tiene desarrollo en derecho colaborativo (es un MASC basado en un modelo jurídico no confrontativo) y oferta vinculante confidencial (utilizado para fomentar acuerdos evitando el proceso judicial).
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